Este incentivo consiste en que los intereses provenientes de depósitos a plazo y cuentas de ahorro (así como los demás instrumentos que se determine mediante Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda), no están afectos al Impuesto Global Complementario en tanto no sean retirados.

Al mismo tiempo, se deroga a partir del 2017, el beneficio del artículo 57 bis, que beneficiaba especialmente a las personas de altos ingresos (a quienes pagan 40% de impuestos-, les conviene tener una cuenta en la que pueden retirar dinero pagando menos impuestos).
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